sábado, 29 de diciembre de 2012


 Pacto de Calatayud


La Carta de Calatayud fue un pacto entre los Reinos de las Españas y el Reino de Canarias, firmado el 30 de mayo de 1481 en Calatayud, Aragón, por Tenesor Semidán (guanarteme de Gáldar en Gran Canaria) en nombre del Reino de Canarias, y Fernando el Católico, Rey de Aragón, en nombre de los Reinos de las Españas.
El pacto consistía en la incorporación de Canarias a los reinos cristianos, así como a la Corona de las Españas a cambio del respeto a las estructuras políticas y sociales, a las costumbres culturales y a la libertad de los aborígenes canarios. La tierra deja de ser un bien del Estado para pasar a manos privadas. Los mandos del ejército español obtienen tierras, así como los diferentes menceyes y guanartemes (reyes tribales) que quedan como responsables políticos.

Si hay un hecho que condiciona y determina, por su valor histórico y contractual, el ethos político del actual pueblo canario es el llamado Pacto de Calatayud, suscrito por dos reyes que se llamaban igual, los Fernandos, el canario, o dicho más propiamente, el canarii, y el católico. El Guanarteme de Gáldar, Tenesor Semidán, bautizado después Fernando Guanarteme, y Fernando II de Aragón, conocido como El Católico. Ambos reyes firmaron en Calatayud, el 30 de mayo de 1481, un pacto, por el cual Canarias se integraría como reino, a cambio de una serie de condiciones y derechos, al conjunto de reinos que luego formarían el actual Reino de España. Dicho pacto permitió la pervivencia inicial de aquel pueblo canario, con sus características propias, y promovió una casi pacífica y paulatina integración entre los conquistadores y los conquistados, los vencedores y los vencidos, los castellanos y los canarii, los españoles y los canarios, que tras varios siglos y muchas generaciones y cruces sanguíneos después, dejaron de ser dos pueblos para fundirse definitivamente en uno solo, el canario. El Pacto de Calatayud estableció los siguientes derechos para los canarios:
  • El reparto de tierras y otros medios de producción
  • El mantenimiento de los títulos nobiliarios anteriores a la conquista
  • Una fiscalidad diferenciada del resto del Estado
  • Creación de un ejército canario autónomo; las milicias canarias
  • El derecho de plácet con respecto a las leyes estatales
  • La acuñación de moneda propia hasta 1776
  • La libertad para comerciar fuera del monopolio español (un claro precedente de los puertos francos canarios)
  • El mantenimiento de normas civiles anteriores, como el derecho a la separación de las mujeres
  • La posibilidad de reclamación de los derechos de los canarios ante los tribunales y el cobro de las deudas a los españoles
Si entendemos por soberanía la capacidad real de decidir cómo se organiza una comunidad en sus diferentes facetas, económica, cultural, social y política, el Pacto de Calatayud otorgó un alto grado de soberanía a los canarios. Antes del Pacto de Calatayud, ya existía en Canarias una larga tradición de acuerdos con los europeos, desde principios del siglo XV, que empezó con los Normandos. Jean de Bethencourt formalizó una alianza matrimonial entre la familia Real de Lanzarote y la suya, con la boda de Teguise, hija y heredera de Guadarfía, con su sobrino y heredero Maciot, con lo que los canarios y los europeos quedaron formalmente en un plano de igualdad, con la paradoja de que las dos partes podían sentirse satisfechas, ya que desde el punto de vista canario, la sucesión política quedaba garantizada por la vía materna y desde el punto de vista normando, la conquista se consolidaba. Al Pacto de Calatayud, firmado para toda Canarias, se sumó primero Gran Canaria, posteriormente, La Palma y Tenerife, para terminar incorporándose el resto de las islas, tras rebelarse contra los señores feudales y pedir al Rey ser incluidas en el pacto. El Pacto de Calatayud o Fuero de Canarias, como lo denominan algunos, supuso la aplicación en las islas de una versión modificada y mejorada del llamado Fuero de Toledo. Este fuero permitió que el pueblo canario se dotara de una serie de organismos propios y estructuras políticas, fiscales y económicas paralelas a las del resto de los reinos dela Corona española, que formaron inicialmente Aragón, Castilla y Navarra, con una amplia autonomía respecto a la Corona. Alguna de aquellas instituciones perviven aún hoy en Canarias, como los antiguos consejos municipales o cabildos insulares, la Audiencia de Canarias y el Obispado.

Combatiente de las Milicias Canarias


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